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viernes, mayo 2, 2025
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Resolución

Prohíben cazar pumas y zorros en Santa Cruz por primera vez

La histórica decisión del Consejo Agrario Provincial responde a reclamos de conservacionistas y actualiza la legislación de fauna silvestre, permitiendo solo la caza de guanacos y especies invasoras en la temporada 2025.

La provincia de Santa Cruz dio un paso histórico en materia de conservación ambiental oficializando la prohibición de la caza de pumas, zorro gris y zorro colorado en todo su territorio. La medida, formalizada a través de la Resolución N°138 del Consejo Agrario Provincial (CAP), excluyó a estas especies nativas del listado habilitado para la caza deportiva en la temporada 2025, que comenzó el pasado 1° de abril.

Esta decisión marca un cambio significativo en la política provincial, donde tradicionalmente se permitía la caza de estos animales, principalmente a instancias del sector ganadero que los consideraba una amenaza para su ganado. Sin embargo, según Marisol Espino, directora provincial de áreas protegidas del CAP, “este año las cosas cambiaron y cambiaron basadas en la ciencia”.

El sustento legal de esta prohibición se encuentra en la Ley Provincial 3.367, sancionada en mayo de 2024, que declara de interés público la protección y el aprovechamiento racional de la fauna silvestre que habita en la provincia. Esta ley surgió tras la controversia generada por la autorización previa para cazar semanalmente ejemplares de puma y zorro.

El fuerte rechazo de la opinión pública, tanto dentro como fuera de Santa Cruz, a la idea de que estos depredadores representaban una amenaza real para la ganadería, impulsó la actualización de la Ley de Fauna Silvestre (N°2373), abriendo la vía a esta histórica prohibición. La nueva normativa define la fauna silvestre de manera amplia, incluyendo especies autóctonas, introducidas y aquellas que vuelven a la vida salvaje.

Espino enfatizó que, en adelante, la inclusión de una especie en la lista de caza deportiva requerirá “un sustento y un respaldo técnico”, elevando los estándares de protección para la fauna local.

En cuanto a la temporada de caza deportiva 2025, que se extiende del 1° de abril al 31 de agosto, la Resolución 138/2025 del CAP permite únicamente la caza del guanaco (con un límite de dos por día) y de especies invasoras exóticas sin límite, como el visón americano, la liebre europea, el conejo europeo y el jabalí. El artículo 3° de la resolución es claro: “Se declara prohibida la caza en todas sus modalidades de todas las otras especies de la fauna silvestre que no estén especificadas”.

Las autoridades provinciales instan a la comunidad a denunciar cualquier acto de caza ilegal a la comisaría más cercana y a notificar a la Dirección de Fauna del Consejo Agrario Provincial a través del número de WhatsApp 2966 279178.

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