La empresa deberá realizar un pago multimillonario en concepto de indemnización por despido y falencias en un inédito fallo en la justicia de Mendoza.
Un trabajador de San Rafael, Mendoza, fue beneficiado la por Cámara Segunda del Trabajo del departamento en una demanda laboral contra la empresa de gaseosas Manaos. La Justicia condenó a la empresa a pagarle $1.500 millones en concepto de indemnización por despido y falencias.
El monto equivale a aproximadamente 1.200.000 dólares. El ex empleado que formuló la demanda se desempeñó en la empresa como distribuidor en Mendoza, San Juan y La Pampa. En la Justicia quedó acreditado que ejerció ese cargo entre 2013 y 2022, a pesar de que la empresa había desconocido todo ese tiempo de vinculación laboral.
La firma condenada es Refresh Now S.A., que elabora no solo las gaseosas Manaos, sino también las aguas minerales Villa Manaos, las saborizadas Placer, las gaseosas Bichi y también Fernandito, bebida alcohólica a base de fernet.
El fallo de la Justicia contra Manaos
La condena judicial contra Manaos fue decidida por los jueces Gonzalo Rivero, Mariana Carayol y Javier Castrillejo, de la Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael. La sentencia dispuso el pago de $227.727.259, 45 más $1.235.711.335,55 en intereses y las costas. El monto elevado de estos intereses se debe a las actualizaciones aplicables durante la fecha de la relación laboral.
El Diario San Rafael detalló que el trabajador demandante denunció que lo hicieron firmar de forma forzada “acuerdos poco claros con abogados contratados por la empresa de forma dudosa y que durante los primeros meses de trabajo no lo registraron de forma adecuada”.
El ex empleado de Manaos y algunos de sus compañeros habían participado obligados de ese acuerdo con el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria de la Ciudad de Buenos Aires con un abogado que no conocían.
En la demanda se detalló que el hombre sufrió deducciones ilegales y fue objetivo de evasión previsional. Al mismo tiempo, le iban quitando atribuciones laborales.
El citado portal sureño explicó que la cámara laboral analizó la validez de los acuerdos masivos y de los contratos de trabajo en los que “simularon situaciones”.
Otra cuestión no menor en el fallo es que se aplica a la empresa las indemnizaciones agravadas por deficiente registración, por haber sido el despido anterior al dictado de la Ley de Bases. Este punto es de suma importancia por la discusión que se plantea en todo el país respecto a si se aplican o no estas indemnizaciones agravadas o multas para casos donde los despidos han sido previos al dictado del DNU 70/2023 y de la Ley Bases, pero que se resuelven después de la vigencia de esas normas.
Se aplicó en el caso el estatuto del viajante de comercio que se derogaba mediante DNU 70/2023 y cuya derogación fue frenada mediante una medida cautelar planteada por La Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina (FUVA).
El caso seguramente será recurrido por la empresa ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, pero fija un precedente sumamente importante para las empresas al momento de realizar acuerdos forzados como también al momento de llevar sus asientos laborales y contables.