El vocero presidencial Manuel Adorni confirmó la apelación luego de que la Justicia suspendiera por seis meses la medida a raíz de una cautelar de un gremio.

El vocero presidencial Manuel Adorni anticipó que el Gobierno “apelará la suspensión del decreto que determina la disolución de Vialidad Nacional”.
El funcionario lo comunicó a través de su cuenta de X, luego de que la Justicia suspendiera por seis meses cualquier acto administrativo que derive del Decreto que resolvió disolver Vialidad Nacional, al hacer lugar a una medida cautelar del gremio Sevina.
El propio Adorni había anunciado la semana pasada en la Casa Rosada el cierre “definitivo” de la Dirección Nacional de Vialidad, de la Comisión Nacional del Tránsito y Seguridad Vial y la Agencia de Seguridad Vial, organismos que fueron definidos como el eje de “la corrupción en la obra pública”.
En aquel momento, el vocero explicó que la Secretaría de Transporte y otras áreas del Ministerio de Economía absorberán las funciones vinculadas al diseño y planificación de la infraestructura vial, mientras que el control de concesiones pasará a la nueva Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos de Transporte.
Vialidad Nacional fue el organismo técnico encargado de diseñar, construir, conservar y fiscalizar la red vial en Argentina. Su misión principal era garantizar la conectividad territorial a través de rutas seguras, eficientes y transitables, tanto en las principales vías de circulación como en corredores estratégicos para el transporte productivo y turístico.
Fundamentos de la decisión judicial
La jueza consideró que “se encuentran reunidos los presupuestos de admisibilidad previstos en las normas procesales para la procedencia de la medida de no innovar peticionada”, sostuvo la jueza.
Entre los argumentos de la resolución, se contemplan las condiciones laborales del personal de Vialidad, el principio de irrenunciabilidad de derechos y el respeto a normas de jerarquía constitucional.
“La Constitución Nacional, como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) con jerarquía constitucional, impiden al Estado en su rol concurrente de empleador y regulador alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que han sido establecidas por norma colectiva con plena vigencia”, agregó.
Además, la magistrada cuestionó el artículo 32 del decreto, donde se establece que la estabilidad del personal tiene “una fecha de vencimiento”. Sobre ese punto, afirmó: “Se vulneran las normas y garantías laborales vigentes”.
