El fallo se dictó en un juicio abreviado, donde el acusado reconoció los hechos y fue declarado reincidente por una condena previa similar.
Un hombre fue condenado a once años de prisión efectiva tras reconocer su responsabilidad en un caso de abuso sexual doblemente agravado. El fallo se dictó mediante un juicio abreviado, procedimiento solicitado por la fiscalía y la defensa del imputado, y aceptado por la jueza penal Ivana María González.
La causa estaba en etapa de audiencia preliminar y se encaminaba hacia un juicio por jurados. Sin embargo, al admitirse los hechos y formalizarse el acuerdo entre las partes, se resolvió aplicar este mecanismo previsto en el artículo 355 del Código Procesal Penal de Chubut.
La calificación legal del delito fue la de abuso sexual doblemente agravado, por haber sido cometido con acceso carnal y por la existencia de vínculo con la víctima, ya que el autor es su padre. Además, se declaró la reincidencia del acusado, quien ya contaba con una condena previa por hechos de características similares.
Junto a la pena impuesta, el condenado deberá afrontar también las costas del proceso. El juicio abreviado, en estos casos, permite simplificar el proceso judicial, evitando el debate oral a cambio de la aceptación de responsabilidad por parte del imputado y el acuerdo sobre la pena a imponer.