La Fiscalía solicitó que sea declarada penalmente responsable por amenazas simples, mientras que la defensa pidió su absolución. El juez Ariel Quiroga dará a conocer su resolución el miércoles 21 de octubre.

Una joven de 25 años, identificada por sus iniciales C.M., fue juzgada en un debate oral y público por el delito de amenazas simples, en el marco de una causa originada en un conflicto familiar. Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió el 11 de marzo de 2025, cuando la imputada habría amenazado a la víctima a través de WhatsApp.
El juicio fue llevado adelante por la procuradora Luciana Coppini y el funcionario de Fiscalía Matías Ayuzo. Durante las audiencias, realizadas en la sala N.º 1 de la Oficina Judicial, se expusieron testimonios de la víctima, familiares y personal policial de la Comisaría de la Mujer.
De acuerdo con la teoría del caso presentada por la Fiscalía, las amenazas se produjeron en un contexto de dificultades de convivencia y disputas familiares. En su alegato final, Coppini hizo referencia a las consecuencias que habría sufrido la víctima, entre ellas situaciones de angustia que afectaron su ámbito laboral y social.
A partir de los elementos expuestos durante el debate, la Fiscalía solicitó al juez penal Ariel Quiroga que declare a la joven autora penalmente responsable del delito que se le atribuye.
Por su parte, la defensora pública Rosa Sánchez pidió la absolución de su asistida y cuestionó la suficiencia de las pruebas producidas durante el juicio.
Tras escuchar los argumentos de ambas partes, el magistrado dio por finalizada la etapa de debate y anunció que dará a conocer su resolución el miércoles 21 de octubre, a las 12:30.
El antecedente que llevó la causa a juicio
La causa llegó a esta instancia debido a que la imputada había recibido anteriormente el beneficio de la suspensión del juicio a prueba, conocido como probation, en un expediente tramitado en 2023 por los delitos de lesiones y daño.
Según se explicó en la nota fiscal, el Código Penal establece restricciones para acceder nuevamente a este beneficio: debe transcurrir un plazo de ocho años desde el vencimiento de la primera suspensión para que pueda concederse por segunda vez.
Por tratarse de un caso de violencia familiar, se preserva la identidad de la joven y de las personas involucradas, en resguardo del proceso judicial.
