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miércoles, junio 10, 2026
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Rawson

Condenaron a cuatro años de prisión efectiva a un hombre por distribuir material de abuso sexual infantil

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut rechazó la impugnación extraordinaria presentada por la defensa y dejó firme la condena contra Federico Cifuentes. Durante la investigación se detectó la distribución de archivos mediante la red eMule y se hallaron cientos de imágenes y videos en su computadora.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Chubut confirmó la condena a cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento para Federico Segundo Cifuentes, de Rawson, por el delito de facilitación y distribución de material de abuso sexual infantil agravado por tratarse de víctimas menores de edad.

La causa se desarrolló en el marco de la operación internacional “Luz de Infancia IX”, impulsada por la Unidad Fiscal Especializada en Cibercrimen y Evidencia Digital (UFCyED), que investigó la circulación de este tipo de contenidos a través de internet.

De acuerdo con la investigación encabezada por el fiscal jefe Fernando Rivarola y su equipo, Cifuentes descargó y compartió mediante la red P2P eMule un total de 143 archivos con material de abuso sexual infantil desde su domicilio de Rawson entre julio de 2015 y abril de 2022.

Durante un allanamiento realizado en junio de 2022, los investigadores secuestraron su computadora personal, donde encontraron además 272 imágenes y seis videos con contenido de explotación sexual infantil almacenados en el dispositivo.

La primera condena fue dictada en mayo de 2024 por la jueza Carolina Marín. Posteriormente, la Cámara en lo Penal de Trelew confirmó la autoría y materialidad de los hechos, aunque dispuso un reenvío para una nueva determinación de la pena. En octubre de 2024, la jueza María Laura Martini fijó la condena en cuatro años de prisión efectiva, decisión que fue ratificada por la Cámara en marzo de 2025.

Ante ese escenario, la defensa de Cifuentes, ejercida por el abogado Romano Cominetti, presentó una impugnación extraordinaria ante el máximo tribunal provincial.

Sin embargo, el STJ, integrado por los ministros Andrés Giacomone, Javier Raidan, Camila Banfi Saavedra, Ricardo Napolitani, Mario Vivas y Silvia Bustos, desestimó los planteos defensivos. Los magistrados concluyeron que los archivos permanecían disponibles para otros usuarios mientras se realizaban las descargas, de acuerdo con el funcionamiento habitual del programa eMule, y remarcaron que la computadora utilizada estaba bajo el control exclusivo del condenado.

En relación con la pena impuesta, el tribunal consideró razonable la metodología utilizada para establecer la escala penal aplicable al caso, descartando que se hubiera producido una agravación indebida de la situación del imputado.

Con el rechazo de la impugnación extraordinaria, la sentencia quedó firme y Federico Segundo Cifuentes deberá cumplir la condena de cuatro años de prisión efectiva.

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