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viernes, marzo 27, 2026
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Ordenanza aprobada: eliminan la actividad de limpiavidrios y cuidacoches en la vía pública

La ordenanza fue aprobada por el Concejo Deliberante y apunta a mejorar la seguridad vial y el uso del espacio público.

El Concejo Deliberante aprobó un proyecto de ordenanza que establece la prohibición absoluta de la actividad de limpiavidrios y el cuidado informal de vehículos en la vía pública en todo el ejido urbano. La medida apunta a reforzar la seguridad vial y proteger la integridad de quienes circulan por la ciudad.

La normativa se fundamenta en la obligación del municipio de garantizar la seguridad pública. En ese sentido, se remarca que la presencia de personas realizando estas tareas en semáforos, rotondas y arterias de alto tránsito representa un riesgo tanto para conductores como para quienes desarrollan la actividad.

Según se detalla, en los últimos años se registraron accidentes —incluso fatales— vinculados a esta práctica, lo que evidencia un peligro “cierto y evitable” con mayor intervención estatal y medidas de prevención.

Además, el texto señala que estas situaciones generan en muchos casos incomodidad, intimidación o presión hacia los automovilistas para el pago de dinero, afectando el uso normal del espacio público.

Alcances de la prohibición

La ordenanza prohíbe de manera expresa:

  • La limpieza de parabrisas, vidrios, espejos u otras partes de vehículos en la vía pública.
  • La permanencia en calzadas, bocacalles, semáforos o rotondas con el fin de solicitar dinero por estas tareas.
  • El cuidado, vigilancia o reserva informal de espacios para estacionar.

Asimismo, se establece la prohibición de estas actividades en zonas consideradas de riesgo, como intersecciones semaforizadas, rotondas, avenidas, accesos a la ciudad, dársenas y carriles exclusivos.

Sanciones y aplicación

La autoridad de aplicación será la Secretaría de Control Urbano y Operativo. Entre las sanciones previstas se incluyen multas, decomiso de los elementos utilizados (baldes, franelas, envases), trabajo comunitario obligatorio y el retiro inmediato del lugar. En casos de reincidencia, las penalidades podrán duplicarse.

El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la ordenanza en un plazo de 30 días.

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