La medida modifica la normativa que prohibía la posesión de este tipo de armas en Argentina. Se formalizó a través de la Resolución 37/2025 del Registro Nacional de Armas (RENAR), organismo que reemplazó a la ANMAC.

El Gobierno Nacional habilitó la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional. La medida se formalizó a través de la Resolución 37/2025 del Registro Nacional de Armas (RENAR), organismo que reemplazó a la ANMAC.
Esta resolución reglamenta el Decreto 397/25, que había eliminado la prohibición de tenencia de estos materiales para legítimos usuarios y había encargado al RENAR establecer un “régimen de autorización y control especial”.
Para acceder a la tenencia de estas armas, los legítimos usuarios de armas de fuego de uso civil condicional (o las entidades de tiro) deberán cumplir con una serie de recaudos.
Requisitos administrativos y de antigüedad:
– Tener una antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de armas de fuego de uso civil condicional.
– No tener sanciones ni actuaciones administrativas en trámite ante el RENAR (ex ANMAC).
– Contar con un sector de guarda registrado tipo G2 (medidas de seguridad específicas para el almacenamiento).
– Presentar una declaración jurada detallando los fundamentos de la solicitud.
– Identificar el material (marca, modelo, calibre, número de serie) y adjuntar fotografías.
Acreditación de “probados usos deportivos”
El punto central del nuevo régimen, establecido por el Decreto 397/25, es que el usuario debe acreditar “probados usos deportivos”. La resolución especifica que esto se cumple teniendo, al menos, una de las siguientes condiciones:
– Una certificación de una entidad de tiro habilitada que avale al solicitante como “tirador asiduo”.
– Probar la representación en certámenes nacionales y/o internacionales de tiro deportivo.
Las entidades de tiro también podrán solicitar el material para ser utilizado por sus socios en disciplinas deportivas o con fines didácticos.
El costo del trámite será equivalente a la suma de una “Tenencia Express” y una “Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM)”. Con esta medida se derogan varias disposiciones anteriores del ex RENAR que regulaban la materia.
