La intervención de una docente permitió descubrir las agresiones sufridas por el menor. La Fiscalía logró en menos de un mes la condena del padre, quien fue hallado culpable de golpear al niño en dos ocasiones.

En menos de un mes, la Fiscalía de Esquel logró la condena de un padre que golpeó a su hijo de 10 años. El caso salió a la luz gracias a la maestra del niño, quien notó marcas en su cuerpo y realizó la denuncia correspondiente. La fiscal Rafaella Riccono estuvo a cargo de la investigación y cerró un acuerdo de juicio abreviado.
El hombre fue condenado por dos hechos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia contra las infancias. Los episodios ocurrieron en la vivienda familiar los días 1 y 4 de octubre, cuando el acusado utilizó un cinturón para agredir al menor, provocándole lesiones visibles.
La docente, al detectar las marcas, informó a la Dirección de la escuela y se redactó un acta con el relato del niño, que luego fue presentada en la Comisaría. En paralelo, la madre del niño también presentó una denuncia.
Tras ello, intervino el Servicio de Protección de Derechos, que consultó al menor sobre con quién se sentía más seguro. El niño manifestó su deseo de vivir con su abuela paterna, donde permanece actualmente.
Días después de la denuncia, se realizó la entrevista en Cámara Gesell, cumpliendo con los protocolos establecidos por la Convención sobre los Derechos del Niño.
La jueza a cargo del caso, luego del reconocimiento de los hechos por parte del imputado y la evidencia presentada, homologó el acuerdo de juicio abreviado y dictó la condena, imponiendo al hombre diversas reglas de conducta y el pago de las costas del proceso.
Asimismo, se remitió una copia de la resolución al Juzgado de Familia interviniente para que adopte medidas complementarias, incluyendo la asistencia psicológica solicitada por la madre.
Este caso refleja la importancia de erradicar la violencia dentro de los hogares y de promover una crianza basada en el respeto, el diálogo y el afecto. Desde 2015, el Código Civil y Comercial de la Nación prohíbe explícitamente el uso de castigos físicos corporales por parte de los progenitores.
