Un hombre fue impedido de ingresar al predio deportivo tras incumplir con la manutención de su hija. Se trata de un caso inédito que sienta un precedente en la aplicación de sanciones sociales a deudores alimentarios.
Un hombre fue impedido de participar en actividades recreativas tras incumplir con la manutención de su hija. Se trata de un caso inédito que sienta un precedente en la aplicación de sanciones sociales a deudores alimentarios.
El hecho ocurrió en Rawson, donde la normativa local establece que quienes no cumplan con sus obligaciones alimentarias pueden ser restringidos de participar en actividades deportivas, culturales, sociales y recreativas. El hombre involucrado había sido notificado previamente sobre esta restricción, pero decidió presentarse igual en la cancha de pádel, sin prever que le impedirían ingresar.
El progenitor es padre de tres hijos con distintas madres. Si bien cumple con la manutención y el contacto de dos de ellos, desatiende completamente a su tercera hija: no aporta la cuota alimentaria, no cumple con el plan de parentalidad y no ejerce cuidado alguno.
Ante los reiterados incumplimientos y denuncias, y dado que el Registro de Alimentantes Morosos (RAM) ya no surtía efecto, la madre de la niña, con la asistencia de su abogada Ana Laura Ramírez, recurrió por primera vez a la ordenanza municipal. El juzgado correspondiente aceptó la solicitud y ordenó los oficios que notificaban la restricción.
A pesar de la notificación, el hombre se presentó en el club donde habitualmente jugaba pádel. La madre, que había advertido su llegada a través de redes sociales, informó de inmediato a la policía. Los agentes llegaron al lugar y le solicitaron retirarse, cumpliendo con la disposición judicial.
Desde la representación de la denunciante destacaron que este caso constituye un precedente en la lucha por el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. La medida de impedir que un progenitor incumplidor acceda a actividades recreativas, conocida como “condena social”, se presenta como un recurso eficaz cuando las sanciones tradicionales no logran modificar la conducta.
Este hecho también abrió el debate sobre el alcance de estas medidas y el equilibrio entre la sanción social y la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, garantizando que los adultos responsables cumplan con sus obligaciones fundamentales.