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miércoles, junio 18, 2025
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Neuquén

La violó tras contactarla por Facebook y cumplirá una pena de 7 años de cárcel

El hecho ocurrió el año pasado y la víctima vivió una pesadilla porque además de ser abusada, fue golpeada por negarse a tener relaciones. Tras conocerse el hecho, el agresor fue golpeado por familiares de la víctima.

El hombre que violó a una mujer que contactó por Facebook cumplirá una pena de 7 años de cárcel efectiva. En febrero de este año, había sido declarado responsable por el hecho ocurrido en esta capital.

Un tribunal integrado por los jueces Carina Alvarez, Cristian Piana y Lucas Yancarelli, por unanimidad, impuso una pena de 7 años de prisión de cumplimiento efectivo a un hombre declarado responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal.

El hecho ocurrió en junio de 2024 y, según la investigación de la fiscalía, el imputado contactó a la víctima a través de Facebook y coordinaron un encuentro en una plaza. Desde ese lugar, se dirigieron a la casa del violador. Una vez en el interior, la obligó a mantener relaciones para dejarla salir, luego de lo cual comenzó a agredirla con golpes de puño y con otros elementos mientras volvía a abusar de ella. Luego la llevó hasta su casa donde el acusado fue agredido por la familia de la víctima.

Culpable por unanimidad
Durante el juicio de cesura, la fiscalía solicitó una pena de 8 años y la defensa solicitó 6 años que es el mínimo que establece el Código Penal para este tipo de delito. El tribunal consideró como atenuantes la ausencia de antecedentes y las agresiones recibidas y como agravantes el aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de la víctima y las repercusiones en la salud psíquica de la víctima posterior al hecho, lo que agravó su situación de vulnerabilidad.

En el juicio de responsabilidad, el violador, identificado como Ángel Humberto Llanquín, también fue declarado culpable por unanimidad. La acusación fue llevada adelante por la fiscal del caso Eugenia Titanti y el asistente letrado Bruno Miciullo.

Desde la parte acusadora se buscó agravar el hecho y se puntualizó la situación que vivió la víctima, sin poder salir de la casa del abusador. Sin embargo, el tribunal se apartó de esa interpretación y en el veredicto definitivo resolvió absolverlo por el delito de rapto.

“Consideramos como prueba central el relato de la víctima, que señaló el cuándo, el cómo, las circunstancias y el lugar del suceso”, informó el juez Cristian Piana. Lógicamente, a partir de precedentes del Tribunal Superior de Justicia, la única declaración no es suficiente para declarar responsabilidad, pero el resto de los elementos aportados, corroboran la versión y entiende el tribunal que son de entidad y categóricos”, precisó.

Familiares de la víctima buscaron hacer justicia por mano propia
En su momento, el abuso cometido el 8 de junio del año pasado, causó una gran repercusión en el barrio Cordón Colón. De acuerdo a los detalles brindados por la fiscalía en relación al ataque que sufrió la víctima, indicó que fue golpeada con un taco de pool. Ante el temor causado por el hombre, la joven simuló estar de acuerdo con la situación vivida y le solicitó que la lleve a su casa. En esas circunstancias, la víctima avisó a sus familiares y se produjo la agresión contra el violador.

Por este motivo, en un primer momento, el MPF elevó una acusación por los delitos de abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con rapto (artículos 119, tercer párrafo; 130; 55 y 45 del Código Penal).

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